El presente es un glosario para ayudar a ubicar el contenido
de cada artículo de la LSPD, está diseñada para los docentes de Telesecundaria
del estado de Veracruz, por lo que toda referencia que no sea relevante a esta
modalidad será tratada con superficialidad.
No son interpretaciones de los artículos, sino descripciones
de su contenido, a fin de saber cuáles artículos contengan las respuestas a
nuestras posibles dudas, salvo en algunos artículos que hacían referencia a
otros, se explico su contenido.
1.- Se desprende del artículo 3° fracción III, que trata sobre el ingreso y promoción
del servicio Docente, declarando la nulidad de todo ingreso o promoción que no
fuera por concurso de oposición.
La ley de los estados obedecerá esta ley.
2.- los objetivos de la ley.
3.- Quienes deben sujetarse a la presente Ley.
4.- Como interpretar los términos que se citan en la ley.
5.- Sobre legalidad, certeza, imparcialidad, objetividad y transparencia. Al aplicar
la ley.
6.-
Aplicar la ley a favor de la calidad educativa y otras exigencias en la constitución.
7.-
atribuciones del Instituto Nacional de Evaluación, para los criterios de la evaluación,
sus componentes y normas de aplicación, y su autoridad sobre las secretarias de
educación de cada estado, regular el nuevo programa de estímulos (37.-)
8.-
atribuciones del gobernador de Veracruz. .- obedecer la ley del INEE y vigilar
su aplicación, diseñar programas de incentivos propios. Emitir los lineamientos
para la función de tutoria (47.-) y otros sujetos a la LSPD
9.- Sobre la aplicación
en educación media superior.
10.- Atribuciones de la Secretaria de Educación Publica SEP.
11.- autoridades educativas federales y estatales deberán acatar
las competencias del INEE.
12.- Que características debe cubrir el personal y cuales serán
sus prioridades.
13.- Objetivos del Servicio Profesional Docente. Mejorar y
estimular la calidad del servicio, por medio de evaluaciones y remuneraciones.
14.- Alcances de los perfiles y parámetros. : Normatividad mínima,
aspectos de cada función, identificar las características mínimas de cada función.
15.- La evaluación Interna, como mecanismo de desarrollo
profesional
16.- La capacitación para realizar la evaluación interna.
17.- Servicio de Asistencia técnica, asesorías o apoyos que
la escuela necesite para mejorar su calidad educativa.
18.- el servicio de Asistencia técnica será brindado por Directores,
supervisores y/o ATPs que hayan pasado por el proceso de evaluación, la SEV
debe publicar las plazas ATP y sus responsabilidades por Zona y/o Escuela.
19.- La asistencia técnica deberá ajustarse a los criterios
de la SEP
20.- los resultados de la EVALUACIÓN INTERNA no serán punitivos,
sino para crear compromisos de mejora continua.
21.- El INGRESO al servicio será por concursos públicos de oposición,
los perfiles y condiciones serán autorizados por la SEP.
22.- el nuevo INGRESO obtendrá nombramiento definitivo después
de 6 meses sin nota desfavorable. Tendrá TUTORIA por dos años, luego se le
evaluara, sino acredita se le despide.
23.- las plazas vacantes que queden libres, serán cubiertas
de manera temporal durante ese ciclo escolar por quienes hayan presentado
examen de oposición, y cubran el perfil.
24.- Los concursos de oposición serán públicos y en IGUALDAD
de condiciones, respetando las exigencias de perfil.
25.- los ingresos por diferentes medios, serán anulados según
dicta el artículo tercero.
26.- la promoción a Director
y supervisor será por concurso de oposición, con mínimo 2 años de
experiencia docente. Los concursos serán
públicos, según convocatoria del gobierno del estado, aprobadas por la SEP.
27.- el ascenso a director tendrá 2 años de inducción y una evaluación
antes del nombramiento definitivo, si el personal no aprueba esta evaluación se
le devolverá a la función docente en la escuela de origen.
28.- ascenso de directores en media superior.
29.- el ascenso a Supervisor tendrá nombramiento definitivo.
30 .- el ascenso a Supervisor en Media Superior será por Tiempo
Fijo, según autoridad estatal.
31.- las plazas de
Director o Supervisor podrán cubrirse temporalmente por docentes en servicio,
para finalizar el ciclo escolar, y luego deberán ser concursadas.
32.- los ascensos por diferentes medios, serán anulados según
dicta el artículo tercero.
33.- Las autoridades vigilaran el cumplimiento de la ley en
los concursos de oposición y el sindicato oficialmente reconocido podrá ser
OBSERVADOR.
34.- los siguientes artículos regulan otras promociones.(34
-40), el nuevo Programa que sustituye a carrera magisterial.
35.- estas promociones no darán un cambio de función y podrá
ser permanente o temporal según lo defina el programa correspondiente.
36.- incentivar y recompensar la mejora permanente, generar
incentivos que atraigan a los mejores a las escuelas más vulnerables.
37.- el gobierno de los estados operara el programa para
obtener incentivos adicionales sin cambiar de función, la participación será voluntaria.
El INEE aprobara los componentes de la evaluación, la SEP creara el programa, y
el acceso será según presupuesto.
38.- los beneficiarios del programa, serán quienes destaquen
en los criterios que la ley exige se evalúen, las reglas deberán preferenciar a
quiénes trabajen en zonas con altos niveles de pobreza.
39.- Se crearan niveles de ascenso, y para avanzar un nivel,
habrá que demostrar mejoría de desempeño, al entrar al primer nivel este tendrá
una vigencia de hasta 4 años, si se promueve, el nivel anterior se vuelve
permanente.
40.- Quienes obtengan beneficio por métodos distintos a la
presente ley, serán sancionados y nulos sus nombramientos.
41.- El nombramiento de ATP será una promoción, por medio de
concurso público de oposición, con una inducción de 2 años, durante el periodo
de inducción se cobraran incentivos temporales, al pasar los dos años se
evaluara para obtener nombramiento definitivo, de fracasar en la evaluación será
devuelto a su escuela de procedencia.
42.- las horas adicionales para quienes no sean de jornada, será
una promoción.
43.- las autoridades del gobierno del estado podrán crear
otros programas de incentivos, si se sustentan en la evaluación de desempeño,
solo podrán participar en estas promociones quienes ya hayan realizado la evaluación.
44.- Quienes obtengan beneficio por métodos distintos a
la presente ley, serán sancionados y nulos sus nombramientos.
45.- el Personal que destaque en sus funciones deberá ser
reconocido y recompensado.
46.- se deberán crear mecanismos que promuevan el
reconocimiento de la función docente y la promoción a movimientos laterales
para cubrir otras funciones.
47.- los movimientos laterales deberán basarse en procesos
de evaluación. SELECCIÓN DE TUTORES, por escuela o Zona. o ASESORÍA DE DIRECCIÓN.
Dichas funciones serán cubiertas por personal en funciones y deberán recibir estímulos.
48.- Movimiento de ATP temporal, según criterios del
gobierno del estado al amparo del INEE, deberán de recibir estímulos, y cuando
no se les requiere deberán volver a su escuela de origen.
49.- los MOVIMIENTOS LATERALES (tutor, asesor de dirección y
ATP temporal) serán temporales, hasta por tres ciclos escolares.
50.- los Movimientos temporales deberán realizarse antes del
inicio de ciclo escolar.
51.- las autoridades estatales podrán otorgar otros
reconocimientos al desempeño de la función, considerando condiciones socioeconómicas
del alumnado.
52.- La SEP y la SEV deberán evaluar al personal estatal.
53.- el personal
Estatal recibirá el mismo trato condicional que el federal.
54.- en Educación Básica los programas de regularización serán
definidos por la SEP y en la media superior, por la SEP-SEV
55.- la SEP propondrá, parámetros e indicadores, para
ingreso, promoción y permanencia. Etapas y métodos para la evaluación. Educacion
básica.
56.- parámetros e indicadores, para ingreso, promoción y
permanencia. Etapas y métodos para la evaluación. Educación media superior.
57.- Como se definirán los perfiles, parámetros e
indicadores.
58.- responsabilidad de las autoridades para difundir dichos
perfiles, parámetros e indicadores y darles validez y reconocimiento ante la
sociedad.
59.- el estado proveerán opciones de profesionalización, formación
continua y actualización.
60.- la formación continua deberá ser gratuita, de calidad y
adecuada a la modalidad.
61.- SEP-SEV. Controlaran periodos mínimos de adscripción al
C.T. así como los movimientos de escuela. Y de estado. No se podrán hacer
cambios durante el ciclo escolar, se sancionaran los cambios no autorizados. Al
término de una licencia que trascienda el ciclo escolar el personal será optimizado.
Las licencias requerirán autorización.
62.- los docentes sin el perfil adecuado serán sujetos de readscripción.
63.- las horas de los docentes deberán centrarse en un solo
centro de trabajo.
64.- las escuelas deberán contar con autorización de la
plantilla por parte de SEP-SEV. Según particularidades regionales. Estas deberán
ser revisadas mínimo una vez al año.
65.- las plantilla deberá ser actualizada constantemente en
los sistemas del gobierno.
66.- los gastos de esta ley deberán ser contemplados en el
presupuesto.
67.- la interpretación de esta ley corresponde al INEE y a
la SEP.
68.- Derechos del personal (lectura obligada)
69.- Obligaciones del personal (lectura obligada)
70.- los servidores públicos SEP- SEV, que incumplan esta
ley, seran penados según la misma.
71.- los ingresos, promociones y reconocimientos deberán ser
analizados por el área correspondiente, de existir incumplimiento la autoridad responsable repondrá los gastos
generados y será cesado.
72.- será despedido sin liquidación ni juicio, el EVALUADOR
que participe en el proceso de un familiar sanguíneo, político o por afinidad. Se
reconoce su derecho a impugnar.
73.- la documentación para los concursos de oposición seran
revisadas por SEP-SEV. Y de encontrarse irregularidades se tornaran a las
autoridades correspondientes.
74.- será despedido sin liquidación ni juicio, el PERSONAL
que INCUMPLA el articulo 69. Se reconoce su derecho a impugnar.
75.- cuando SEP-SEV dictaminen una sanción lo notificaran y darán
un plazo de 10 días para presentar evidencias para la resolución del proceso.
76.- el personal que falta 3 días seguidos o discontinuos en
un plazo de 30 dias naturales será cesado, aplica Art.-75.
77.- las sanciones del Art. 68 al 83.- Se aplicaran sin
perjuicio de las previstas en otras disposiciones legales, reglamentarias o
administrativas.
78.- Las personas que acepten una comisión que impida el ejerció
de su función, se separan del servicio temporalmente sin goce de sueldo.
79.- La información generada por la presente ley estará sujeta
a la ley de protección de datos y el IFAI según sus propias reglamentaciones lo
definan.
80.- Contra resoluciones administrativas podrán interponer
el recurso de revisión, ante la autoridad que la emitió o la autoridad
jurisdiccional correspondiente.
81.- Como hacer una impugnación.
82.- el recurso de revisión será sobre el proceso de evaluación.
83.- las situaciones laborales, se sujetaran a las leyes
aplicables, salvo por lo dispuesto en esta ley.
TRANSITORIOS
1.- Vigente a partir
del 12 de Septiembre de 2013.
2.- Se derogan las
disposiciones que contradigan esta ley.
3.- El gobierno del
estado deberá adaptar su ley a esta en 6 meses
4.- Se crearan los parámetros e indicadores
5.- En julio de 2014
sera el primer examen de ingreso en los términos de esta ley.
6.- En lo que están listos los nuevos mecanismos de ingreso,
continuaran lo anteriores.
7??
8.- Los maestros en servicio
que cuentan con basificación hasta el día que entre en vigor esta ley, y que no
acrediten suficiencia, serán cambiados de función dentro del servicio público,
si se reúsan a ser evaluados serán despedidos.
9.- Los maestros en
servicio que no cuentan con basificación, serán evaluados conforme lo dicta la
ley, y sus consecuencias.
10.- la SEV tendrá 18 meses para ordenar plazas y funciones
de ATP , devolver a los ATPs a sus aulas. La SEV creara requisitos para la comision
de ATPs temporales.
11.-Carrera magisterial desaparece el 31 de Mayo de 2015. Los
beneficios se conservan
12.- Comenzara el proceso de compactación de Horas en un
solo C.T.
13.- en máximo 2 años deberá crearse un sistema nacional único
de plantillas.
14.- Conforme el presupuesto, se regularizaran las plazas de
directivos. Los uqe lleven 2 años en la función podrán acreditar examen para
permanecer como directivos, o ser devueltos a la función docente.
15.- aplicable a educación media superior.
16.- los gobiernos estatales informaran a la SEP el análisis
de plantillas y plazas. Educación básica
17.- los gobiernos estatales informaran a la SEP el análisis
de plantillas y plazas. Educación media superior
18.- …?
19.- Los gastos necesarios para aplicar la presente ley,
seran conforme a disponibilidad presupuestaria
20.- ….
21.- por dos años, los concursos de oposición seran solo
para normalistas.